La Organización Latinoamericana de Alcaldes (OLA) hace del
conocimiento del público en general, Organismos Gubernamentales, Embajadas,
Servicios Consulares, Instituciones Financieras
y otros, que en los Estatutos de esta Organización, se establece en forma
expresa que OLA INTERNACIONAL, solo mediante la aprobación en Asamblea Extraordinaria
podrá, autorizar la inscripción por ante los organismos correspondiente de cada
país, de la apertura de OLA en
el país que la Junta Directiva acuerde.
Quedando muy en claro que, solo con la aprobación de Junta Directiva de OLA
Internacional, en Asamblea Extraordinaria podrá inscribirse una nueva OLA, la
cual podrá tener autonomía administrativa y funcional pero financieramente
dependerá de la OLA Internacional. La
organización Latinoamericana de Alcaldes (OLA), SIN FINES DE LUCRO está realizando una excelente labor social,
contando con el apoyo de distintos países no solo en América sino, en Europa y
otros Continentes.
Nos permitimos hacer esta aclaratoria por tener conocimiento
que, PERSONAS INESCRUPULOSAS , sin estar autorizadas para ellos han
buscado, obtener beneficios económicos, políticos y aceptación social a título
personal , valiéndose de la bandera de OLA que, con esfuerzo y trabajo se
ha conseguido . Estas personas han
intentado Registrar OLA sin estar
debidamente autorizadas para ello, exponiéndose a verse involucradas en
procedimientos jurídicos penales, por cuanto que OLA está protegida por el
registro internacional de marcas y su
objeto es una creación de esta igualmente registrada, teniendo derechos reservados de autor en
forma internacional.
Por todo lo antes expuesto, la Organización Latinoamericana
de Alcaldes (OLA), organización internacional sin fines de lucro, desconoce cualquier tipo de transacción
financiera, donación, representantes, eventos, etc.…, que no haya sido de forma
expresa, puntual y por escrito autorizada
por la Junta Directiva de la Organización a través de su Presidente Hugo
Alvarado Rodríguez, única persona dentro de la organización con capacidad jurídica para obligar a
OLA. Quedando sin efecto aquellas
negociaciones, transacciones financieras, eventos, donaciones etc., que no haya
sido autorizadas por escrito por su Presidente y previamente aprobada en Junta Directiva de
la Organización.
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